SOLUCIONES AL PARO (y no es que yo tenga la barita mágica)

Por JOSE MANUEL FDEZ, ABOGADO (Economía y finanzas, Abogacía y Seguros)

No es una novedad el afirmar que la situación en materia de empleo está adquiriendo unos tintes dramáticos. El trabajo es el único bien que poseen millones de personas y su pérdida es una catástrofe para el que la sufre. El haber tenido una situación previa de bonanza económica, de euforia, agrava el problema, ya que los que van al paro arrastran deudas contraídas en esa etapa previa, a las que ahora difícilmente pueden hacer frente. Se pierden las rentas de trabajo y permanecen las deudas, por lo que arrastran a nuevas personas al abismo… y así hasta el infinito.

No debemos menospreciar el aspecto moral del paro, puesto que la dignidad de las personas sufre un embate de primer orden. Al bajar la autoestima, se sufre ansiedad y ante la familia y los amigos, se pierde consideración.

Ante la actual coyuntura económica las empresas españolas se están viendo en la difícil tesitura de mejorar su productividad y competitividad. De ahí que las empresas, en estas circunstancias tan adversas, tengan que tomar decisiones que afectan al volumen de la plantilla, mediante los denominados expedientes de regulación de empleo.

Entre estas buenas prácticas se encuentran aquellas que, preservando el presente y futuro de la empresa, evitan en la medida de lo posible, la extinción definitiva de los contratos de trabajo. Algunas de estas son las siguientes:
- Recolocación diferida, que consiste en la aplicación combinada de dos compromisos ciertos, exigibles y ambos diferidos en el tiempo. Un grupo de trabajadores difiere su compromiso de acceso a un sistema de jubilación anticipada. Otro, de igual número que el anterior, extingue su contrato con el compromiso de la empresa de reincorporarlos a su plantilla.
- Novación del actual contrato a tiempo completo por un contrato a tiempo parcial con garantías de estabilidad en el empleo, de ingresos y con la posibilidad de recuperar la naturaleza original del contrato.
- Suspensión transitoria, con recuperación condicionada, de cláusulas normativas del convenio colectivo de aplicación, que dificultan la viabilidad del proyecto empresarial.
- Y desde luego, aunque sea doloroso, reducir o eliminar el incremento salarial que se produce anualmente, de forma temporal, con recuperación del poder adquisitivo transcurrido el tiempo crítico.

Todas estas medidas pueden adoptarse de forma singular o combinada, dando lugar a múltiples variables. En todos los casos se exige una voluntad sincera y sensibilidad social, tanto para configurarlas como para aplicarlas. Lo más importante, en todo caso, es la posibilidad de salvar numerosos puestos de trabajo que de otro modo se destruirían.

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JOSE MANUEL FDEZ, ABOGADO

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  • Enviado el 27/05/2010
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